Si te encuentras investigado o acusado por violencia de género en Terrassa, es fundamental conocer las penas previstas en el Código Penal español y los derechos que te asisten durante todo el proceso. Contar con un abogado penalista especializado desde el primer momento puede marcar la diferencia entre una condena y una absolución, o entre una pena grave y otra más leve.
Qué significa estar acusado de violencia de género
La violencia de género, regulada principalmente en la Ley Orgánica 1/2004, se refiere a cualquier acto de violencia física o psicológica ejercida por un hombre sobre una mujer que sea o haya sido su pareja o esté ligada a él por una relación afectiva análoga.
Es crucial entender que no se trata únicamente de agresiones físicas. El Código Penal tipifica como violencia de género:
- Maltrato físico (artículo 153 CP)
- Maltrato psicológico habitual (artículo 173.2 CP)
- Amenazas (artículos 169 y 171.4 CP)
- Coacciones (artículo 172.2 CP)
- Lesiones (artículos 147 y 148 CP)
- Quebrantamiento de condena o medida cautelar (artículo 468 CP)
Penas previstas en el Código Penal para violencia de género
Maltrato sin lesión (artículo 153.1 CP)
Cuando se cause un menoscabo psíquico o una lesión que no requiera tratamiento médico o quirúrgico, la pena es de prisión de seis meses a un año, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días, y privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años.
Además, se impondrá en todo caso la pena de alejamiento de seis meses a un año de la víctima.
Maltrato habitual (artículo 173.2 CP)
Ejercer habitualmente violencia física o psíquica sobre quien sea o haya sido cónyuge o pareja conlleva penas de prisión de seis meses a tres años, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres a cinco años, y en su caso, libertad vigilada de seis meses a tres años.
Lesiones con tratamiento médico (artículos 147 y 148 CP)
Si las lesiones requieren primera asistencia facultativa, la pena es de prisión de dos a cinco años (artículo 148.4 CP). Si requieren tratamiento médico o quirúrgico, pero objetivamente no son graves, la pena puede ser de prisión de seis meses a tres años (artículo 147.1 CP en relación con el 148.4 CP).
Amenazas y coacciones (artículos 171 y 172 CP)
Las amenazas leves en el contexto de violencia de género se castigan con pena de prisión de seis meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad (artículo 171.4 CP).
Las coacciones leves conllevan pena de prisión de seis meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad (artículo 172.2 CP).
Quebrantamiento de condena (artículo 468 CP)
Incumplir una orden de alejamiento o prohibición de comunicación se castiga con pena de prisión de seis meses a un año. Este delito es independiente del inicial y se suma a las penas ya impuestas.
Cómo funciona el proceso penal en Terrassa
Los procedimientos por violencia de género en Terrassa se tramitan ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de la ciudad, que tiene competencia exclusiva en esta materia.
Fases del procedimiento
1. Denuncia e investigación: El proceso se inicia generalmente con una denuncia. Inmediatamente puede dictarse una orden de alejamiento provisional.
2. Declaración como investigado: Serás citado para declarar. Aquí tienes derecho a estar asistido por un abogado penalista especializado. Es tu primera oportunidad para aportar tu versión.
3. Medidas cautelares: El juez puede acordar orden de alejamiento, prohibición de comunicación, salida del domicilio, prisión provisional, retirada de armas, entre otras.
4. Instrucción: Se practican las diligencias: declaración de testigos, informes médicos, pruebas periciales psicológicas, etc.
5. Juicio oral: Si hay acusación, se celebra el juicio. En Terrassa, si la pena solicitada supera los cinco años de prisión, el juicio se celebra en la Ciudad de la Justicia de Barcelona ante la Audiencia Provincial.
6. Sentencia: Puede ser absolutoria o condenatoria. Cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona.
Derechos del acusado por violencia de género
Estar acusado no significa estar condenado. Dispones de derechos fundamentales:
- Presunción de inocencia: Nadie puede considerarte culpable hasta que exista sentencia firme.
- Derecho a no declarar contra ti mismo: No estás obligado a declarar ni a confesar.
- Asistencia letrada: Derecho a un abogado penalista desde el primer momento, ya sea de oficio o de libre elección.
- Derecho a conocer la acusación: Debes saber de qué se te acusa específicamente.
- Derecho a un proceso con garantías: Con pruebas admitidas legalmente y posibilidad de defensa.
- Derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes: Puedes proponer testigos, periciales, documentos.
Por qué necesitas un abogado penalista especializado en Terrassa
Los delitos de violencia de género tienen particularidades procesales y sustantivas que requieren conocimiento específico:
Experiencia en la Ciudad de la Justicia de Barcelona: Los casos más graves se tramitan en la Audiencia Provincial. Un abogado la Ciudad de la Justicia de Barcelona conoce el funcionamiento, los tribunales y los criterios aplicados.
Valoración de pruebas: La palabra de la víctima tiene valor probatorio, pero debe cumplir requisitos jurisprudenciales establecidos por el Tribunal Supremo. Un abogado especializado sabe cómo analizar y rebatir estas declaraciones.
Estrategia defensiva: Dependiendo de las circunstancias, puede plantearse conformidad, suspensión de condena, trabajos en beneficio de la comunidad, o juicio con solicitud de absolución.
Gestión de medidas cautelares: Un buen abogado penalista puede solicitar el levantamiento o modificación de órdenes de alejamiento si no están justificadas.
Costes orientativos
Los honorarios de un abogado penalista especializado en violencia de género en Terrassa oscilan entre 1.500€ y 4.000€ dependiendo de la complejidad del caso, si hay conformidad o juicio, y la gravedad de los hechos. Si no dispones de recursos económicos, puedes solicitar justicia gratuita.
Qué NO debes hacer nunca si estás acusado
Estas son las acciones que pueden perjudicar gravemente tu situación:
- NO contactes con la víctima: Si existe orden de alejamiento, incumplirla es un delito nuevo (artículo 468 CP). Aunque no haya orden, cualquier contacto puede ser interpretado como amenaza o coacción.
- NO declares sin abogado: Cualquier declaración sin asistencia letrada puede perjudicarte gravemente.
- NO amenaces ni presiones a testigos: Es un delito independiente que agravará tu situación.
- NO ocultes información a tu abogado: Necesita conocer toda la verdad para diseñar la mejor estrategia.
- NO publiques en redes sociales: Cualquier comentario sobre el caso puede ser utilizado en tu contra.
- NO ignores las citaciones judiciales: Puede conducir a tu detención y prisión provisional.
La importancia de actuar rápido desde Terrassa
El tiempo es esencial en estos procedimientos. Desde la primera denuncia, se activan mecanismos judiciales que pueden incluir tu detención, órdenes de alejamiento inmediatas, o la apertura de juicio rápido.
Explícanos tu caso con un abogado penalista especializado en violencia de género antes de tu primera declaración permite:
- Preparar adecuadamente tu versión de los hechos
- Aportar pruebas de descargo desde el inicio
- Evitar declaraciones perjudiciales
- Oponerse a medidas cautelares desproporcionadas
- Planificar una estrategia defensiva efectiva
Si el procedimiento se tramita en la Ciudad de la Justicia de Barcelona, es fundamental contar con un abogado penal la Ciudad de la Justicia de Barcelona que conozca el tribunal, sus criterios y que pueda desplazarse sin problema para asistir a todas las vistas.
Preguntas frecuentes sobre penas por violencia de género
¿Puedo evitar la cárcel si es la primera vez?
Sí, en muchos casos. Si la pena impuesta no supera los dos años de prisión, eres delincuente primario y has satisfecho la responsabilidad civil, el tribunal puede suspender la ejecución de la pena de prisión (artículo 80 CP). Esto significa que no ingresas en prisión si cumples ciertas condiciones durante un periodo de prueba.
¿Qué pasa si la víctima retira la denuncia?
En delitos de violencia de género, el procedimiento continúa aunque la víctima retire la denuncia. Estos delitos son públicos y el Estado tiene obligación de perseguirlos. Sin embargo, la falta de colaboración de la víctima puede dificultar la prueba y favorecer una sentencia absolutoria.
¿Cuánto dura una orden de alejamiento?
Durante la fase de investigación, la orden de alejamiento cautelar puede durar hasta que se dicte sentencia. Si hay condena, la orden de alejamiento como pena accesoria puede durar de seis meses a diez años, según la gravedad del delito (artículos 48 y 57 CP).
¿Puedo ser condenado solo con la declaración de la víctima?
Sí, jurisprudencialmente la declaración de la víctima puede ser prueba de cargo suficiente si cumple los requisitos del Tribunal Supremo: ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud del testimonio y persistencia en la incriminación. Por eso es fundamental un abogado penalista que sepa cuestionar estos elementos.
¿Qué antecedentes penales tendré si me condenan?
Una condena por violencia de género consta en el Registro Central de Penados. Si la pena es de prisión, los antecedentes se cancelan transcurrido un plazo que depende de la gravedad: seis meses para penas leves, dos años para penas inferiores a 12 meses, tres años para penas inferiores a tres años (artículo 136 CP). Durante ese tiempo, los antecedentes pueden afectar a ofertas laborales, oposiciones públicas, licencias de armas, entre otros.