Si te enfrentas a una acusación de amenazas en Granollers, es normal sentir miedo e incertidumbre sobre lo que va a pasar con tu vida personal y profesional. Este delito, tipificado en el Código Penal, puede acarrear consecuencias serias, pero tener información clara sobre tus derechos y el procedimiento te permitirá afrontar la situación con mayor tranquilidad. Un abogado penalista con experiencia en los juzgados de esta zona del Vallès Oriental es fundamental desde el primer momento.
¿Qué se considera delito de amenazas según el Código Penal?
El delito de amenazas está regulado principalmente en los artículos 169 a 171 del Código Penal español. Consiste en anunciar a otra persona un mal futuro, injusto y determinado, que puede recaer sobre ella, su familia o su patrimonio, con la finalidad de causarle inquietud o temor. No es necesario que la amenaza se cumpla para que exista delito; basta con que sea idónea para generar temor en la víctima.
Tipos de amenazas y sus penas orientativas
El Código Penal distingue varios supuestos:
- Amenazas de un mal constitutivo de delito (artículo 169): penas de prisión de uno a cinco años si se exige una cantidad o se impone una condición, o de seis meses a dos años en otros casos.
- Amenazas no constitutivas de delito (artículo 171): penas de multa, que pueden variar según la gravedad y las circunstancias personales del acusado.
- Amenazas en el ámbito de violencia de género o doméstico: cuando la víctima es pareja, expareja o familiar, las penas pueden agravarse conforme al artículo 171.4 y 171.5, e incluir medidas adicionales como órdenes de alejamiento.
Estas cifras son orientativas; la pena concreta dependerá de las circunstancias del caso, los antecedentes del acusado y la valoración judicial. Es imprescindible verificar con un abogado penalista la calificación jurídica exacta de los hechos.
¿Cuáles son mis derechos si me acusan de amenazas?
Toda persona investigada o acusada en un procedimiento penal en España goza de derechos fundamentales recogidos en la Constitución y la Ley de Enjuiciamiento Criminal:
- Derecho a la presunción de inocencia hasta que exista sentencia firme condenatoria.
- Derecho a no declarar contra uno mismo y a no confesarse culpable.
- Derecho a ser informado de la acusación de forma inmediata y comprensible.
- Derecho a la asistencia de un abogado de tu elección o de oficio desde el primer momento.
- Derecho a un proceso con todas las garantías, sin dilaciones indebidas.
¿Cómo funciona el proceso penal por amenazas en Granollers?
El procedimiento suele desarrollarse en los Juzgados de Instrucción de Granollers y sigue, con carácter general, estas fases:
1. Denuncia o atestado policial
Todo comienza con una denuncia de la víctima ante la Policía, Mossos d'Esquadra o directamente en el juzgado. A partir de ahí se abre un procedimiento penal.
2. Investigación (instrucción)
El juez de instrucción recaba pruebas: declaraciones, testigos, mensajes, grabaciones u otros indicios. En esta fase el investigado puede ser citado a declarar.
3. Fase intermedia y juicio
Si existen indicios suficientes, el caso puede derivar en juicio de faltas leves, procedimiento abreviado o, según la gravedad, otro procedimiento. Se celebra vista oral donde se practican pruebas y alegaciones.
4. Sentencia
El juez o tribunal dicta sentencia, que puede ser absolutoria o condenatoria, y contra ella caben los recursos previstos legalmente.
¿Por qué es importante contratar un abogado penalista especializado?
Contar con un abogado penalista desde la primera citación policial o judicial marca una diferencia decisiva. Un profesional especializado en la zona de Granollers y la Ciudad de la Justicia de Barcelona puede:
- Analizar si los hechos realmente constituyen delito de amenazas o pueden reconducirse a una calificación distinta o incluso archivarse.
- Preparar tu declaración para evitar autoincriminaciones innecesarias.
- Recopilar pruebas de descargo (mensajes, testigos, contexto de la comunicación).
- Negociar, cuando sea posible, conformidades que reduzcan las consecuencias penales.
- Defender tus intereses en juicio con estrategia procesal adecuada.
Costes orientativos de la defensa
Los honorarios de un abogado penalista varían según la complejidad del caso, la fase procesal y si se trata de un procedimiento abreviado o de mayor entidad. A título orientativo, la consulta inicial puede oscilar entre 50 y 150 euros, mientras que la defensa completa en un procedimiento por amenazas puede situarse entre 1.000 y 3.500 euros o más, dependiendo del número de comparecencias, recursos y complejidad probatoria. Cada despacho establece sus propios criterios, por lo que conviene solicitar presupuesto personalizado sin compromiso.
¿Qué NO debes hacer nunca si te acusan de amenazas?
- No contactes con la persona denunciante, aunque quieras aclarar la situación; podría interpretarse como intimidación o quebrantamiento.
- No borres mensajes, audios o publicaciones relacionados con los hechos: pueden ser pruebas clave para tu defensa.
- No declares sin abogado presente, ni ante la policía ni ante el juzgado.
- No minimices la citación pensando que
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